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Columna de Juan Martorano 529: Ojo: El próximo lunes 4 de mayo arrancan en la Corte Internacional de Justicia audiencias para decidir el fondo de la controversia sobre nuestro territorio Esequibo
*JUAN MARTORANO
Nuestros lectores y lectoras que saben de nosotros desde hace años saben muy bien que uno de nuestros temas recurrentes en nuestros análisis es el de la reclamación histórica y cuasi bicentenaria sobre el territorio Esequibo o Guayana Esequiba. Y en esta oportunidad debemos en este esfuerzo por retomar este tema que esta edición de esta columna vamos a referirnos de ello.
Esto porque el Fiscal General de la República Cooperativa de Guyana, Mohabir Anil Nandlall, informó que el 4 de mayo la Corte Internacional de Justicia iniciará audiencias sobre el fondo del caso que Guyana presentó contra Venezuela por la disputa territorial sobre el Esequibo, un extenso territorio administrado por Georgetown y reclamado por Caracas.
Según explicó Nandlall en su programa de debate ‘Issues In The News’ en la noche del martes (21 de abril), las vistas se llevarán a cabo en La Haya, donde se ubica el tribunal, toda esa primera semana de mayo y posiblemente se extienda a la siguiente.
Nandlall agregó que se unirán al equipo de abogados internacionales de Guyana en La Haya en las audiencias.
Recordemos que el Acuerdo de Ginebra es un instrumento internacional vinculante depositado en las Naciones Unidas y basado en los principios de la Carta de las Naciones Unidas y las normas del derecho internacional.
La disputa se agravó desde que en diciembre de 2023 Venezuela celebró un referéndum para recuperar el Esequibo y se exacerbó el año pasado al elegir Caracas en sus comicios regionales un gobernador para la región.
En febrero pasado, las petroleras estadounidenses ExxonMobil y Chevron reafirmaron durante la quinta Conferencia de Energía celebrada en Georgetown su interés en asociarse con Guyana para desarrollar su pujante sector petrolero y satisfacer así la demanda mundial.
El Ministerio de Recursos Naturales de Guyana aseguró su compromiso de «trabajar en colaboración con todas las partes interesadas», agradeciendo especialmente la cooperación de las petroleras estadounidenses, presentes en el importante Bloque Stabroek.
Guyana se atribuye la posesión de reservas de crudo (que se roba a Venezuela) estimadas en 11.000 millones de barriles, logró aumentar la producción de petróleo de 120.000 bpd a más de 900.000 entre 2020 y 2025.
En ese sentido, la postura de la República Cooperativa de Guyana resulta verdaderamente inconcebible, puesto que busca la ratificación del Laudo Nulo e írrito de París del 3 de octubre de 1899 que nos despojo de ese territorio. Cabe destacar que para esa fecha, Guyana no existía como sujeto de Derecho Internacional debido a que era una colonia del entonces imperio británico. Detalle no menor en el análisis de esta controversia territorial.
En cambio, la República Bolivariana de
Venezuela debe la próxima semana y sobre todo porque nuestra Presidenta
Encargada de la República Bolivariana de Venezuela, doctora Delcy Eloina
Rodríguez Gómez conoce al detalle los pormenores del caso, debido a que el 8 de
abril de 2024 (y ratificada en agosto del año pasado) viajó hasta La Haya, sede
de la Corte Internacional de Justicia, no solo para ratificar la posición histórica
de Venezuela de no reconocer la jurisdicción de la Corte en este caso, sino
además para consignar documentos que sustentan nuestra posición y que ratifican
nuestra defensa de la vigencia del Acuerdo de Ginebra y de que la solución de
esta controversia debe ser satisfactoria y de común acuerdo entre las partes
(incluyendo del Reino Unido, que aunque se hagan los locos como decimos
popularmente en Venezuela, son parte del mismo y tienen implicaciones directas
en este caso).
Cuando Inglaterra en mayo de 1966 otorgó la
independencia política a la entonces Guayana Británica, fue parte de un juego
geopolítico para revertir la campaña en su contra, donde el débil jurídico era
Venezuela. Ahora por parte de la opinión pública internacional, el débil
jurídico es Guyana, debido a que el país “grande y poderoso” de Venezuela, le
quiere “arrebatar 2/3 de su territorio” a ese “pequeño país”.
Lo que subyace y no se dice es que las
grandes transnacionales de EEUU y Gran Bretaña no solo buscan apropiarse del
petróleo que hay en la zona, y fundamentalmente en su parte marítima. Sino del
oro, el níquel, el cobre, cobalto, tierras “raras” que abunda en la zona.
Porque si bien es cierto que la energía del petróleo mueve las maquinarias, transporte y las industrias del mundo. Las economías reales se sustentan sobre bienes tangibles (oro, diamantes, plata, cobre, níquel, estaño, etc) y el desarrollo de los países en base a la ciencia y la tecnología (de ahí la importancia del hallazgo del fundo La Aurora, al sur del estado Bolívar, de óxidos críticos valorados en más de 339 mil millones de dólares) y que está cercana a la zona del Esequibo y cuyo dato conoce muy bien el Instituto de Geología de EEUU y el propio Reino Unido. De ello esperamos referirnos en próximas ediciones de esta columna.
Este proceso representa una fase decisiva en el conflicto fronterizo, con sesiones destinadas a evaluar los argumentos de ambas naciones antes de una sentencia definitiva.
Y esa sentencia definitiva la Corte podría dictarla en agosto de este año. ¿Sería una especie de Laudo Arbitral del 3 de octubre de 1899 pero ahora 2.0?
Este será el debut de Coromoto Godoy, quien además de ser nuestra representante permanente ante Naciones Unidas en sustitución del historiador y camarada Samuel Moncada, debería ser agente del Estado ante esta instancia para dirimir aunque no reconozcamos la jurisdicción de la Corte, esta controversia que ya va para 200 años.
Amanecerá y veremos.
¡Bolívar y Chávez Viven. Sus luchas y la Patria que nos legaron siguen!
¡Independencia y
Patria Socialista!
¡Viviremos y Venceremos!
¡Leales siempre: Traidores Nunca!
* Abogado, Defensor de Derechos Humanos, Militante Revolucionario y de la Red Nacional de Tuiteros y Tuiteras Socialistas. , jmartoranoster@gmail.com, j_martorano@hotmail.com , juan_martoranocastillo@yahoo.com.ar , cuenta tuiter e instagram: @juanmartorano, cuenta facebook: Juan Martorano Castillo. Canal de Telegram: El Canal de Martorano
Venezuela libre
Por la Profesora Carolina Escarrá
En estos días ha sido muy recurrente en los medios venezolanos, latinoamericanos y estadounidenses, titulares que señalan que EEUU ha “levantado sanciones”, en especial luego de la emisión de ciertas “licencias” en el marco del ecosistema bancario en el espectro de lo público en Venezuela.
Licencias OFAC:
Antes de comenzar a explicar las diferencias entre el otorgamiento de licencias y el “levantamiento de sanciones” de parte de EE.UU. hacia Venezuela, sin caer en explicaciones sobre el tema económico que como politóloga manejo de una manera suficiente pero no exhaustiva, es menester aclarar que flexibilización no es lo mismo que eliminación y que aún a este momento, de acuerdo con el Observatorio Venezolano Antibloqueo, tenemos 1088 medidas coercitivas unilaterales contra Venezuela. Debo aclarar que algunos voceros hablan de 1081 y otros de 1044. En todo caso, las que han sido retiradas o levantadas, tienen que ver con la eliminación de algunas personas de la lista de nacionales especialmente designados de la OFAC.
- Marco Jurídico: Análisis de las licencias OFAC 56 y 57 en el contexto venezolano.
- Concepto central: Diferencia entre la flexibilización mediante licencias y levantamiento real de sanciones.
- Impacto económico: Restricciones en el sistema bancario público y la operatividad del Banco Central de Venezuela (BCV).
- Soberanía: el llamado al levantamiento total de las medidas coercitivas unilaterales para la seguridad jurídica nacional.
Medidas Coercitivas Unilaterales:
Por una parte, el simple hecho de otorgar licencias implica “sanciones”, lo que es en sí mismo un mecanismo ilegal. Ello implica que un gobierno extranjero y sus lacayos en el país se dieron la posibilidad de pedir unos y de emitir otros, medidas coercitivas unilaterales en el marco de una guerra híbrida sin cuartel que han desatado contra Venezuela. Aunque hubo medidas previas en 2003 y 2011, luego de fallecer Chávez y declarar fraude en las primeras elecciones de Maduro en 2013, un grupo de apátridas se inventaron calentar la calle siguiendo el manual de Gene Sharp y aplicaron “La salida”. Los medios de comunicación crearon la narrativa de la represión de parte del Estado para contener la manifestación nada pacífica, y esto llevó a la emisión de un Act. o Ley en el congreso de EEUU, en diciembre de 2014, donde instruían al presidente de turno (Obama), emitir una lista de personas “sancionadas” en no más de 90 días.
Esta ley dio pie para la emisión -en marzo de 2015- de un decreto en el que además de “sancionar” a 7 connacionales, declararon a Venezuela como “amenaza inusual y extraordinaria” a su política exterior y a su seguridad nacional. De allí se han desprendido las más de 1000 medidas coercitivas unilaterales contra personas, instituciones, activos, y hasta colectivos de Venezuela. En gran medida restringen la manera como Venezuela puede relacionarse especialmente a nivel comercial con el resto del mundo.
“Sanción” al Banco Central de Venezuela.
Una de esas medidas coercitivas unilaterales impactó directamente al Banco Central de Venezuela y a otras entidades de la banca pública. Así, a través de la Orden Ejecutiva 13850 del 1 de noviembre de 2018, intitulada “Bloqueo de bienes de personas adicionales que contribuyen a la situación en Venezuela”, en la primera administración del Presidente Donald Trump, señala con respecto a lo que entiende por Gobierno de Venezuela en su ordinal d), el cual estipula: “el término “Gobierno de Venezuela” significa el Gobierno de Venezuela, cualquier subdivisión política, agencia o instrumentalidad del mismo, incluido el Banco Central de Venezuela, y cualquier persona que sea propiedad o esté controlada por, o que actúe para o en nombre del Gobierno de Venezuela”.
En el resumen que hacen en la página web del Departamento de Estado, señala: “entre otras cosas, autoriza la imposición de sanciones de bloqueo a las personas que el Secretario del Tesoro determine, en consulta con el Secretario de Estado, que operan en el sector aurífero de la economía venezolana o en cualquier otro sector de la economía venezolana que determine el Secretario del Tesoro, en consulta con el Secretario de Estado. Además, autoriza la imposición de sanciones de bloqueo a las personas que el Secretario del Tesoro determine, en consulta con el Secretario de Estado, que son responsables o cómplices de, o que han participado directa o indirectamente en, cualquier transacción que involucre prácticas engañosas o corrupción y el Gobierno de Venezuela o proyectos o programas administrados por el Gobierno de Venezuela, o que sean familiares directos adultos de dichas personas.”
Desde 2018 el Banco Central de Venezuela y otras “agencias” fueron el blanco de esa medida coercitiva unilateral. Desde entonces, los activos del BCV que se encuentran en el extranjero han sido congelados. En el 2019, se autorizó a Guaidó a usar parte de ese bien congelado, y se restringió la posibilidad de que las autoridades electas constitucionalmente por el pueblo venezolano, pudieran participar abiertamente en el sistema bancario internacional que usa el patrón dólar y la plataforma swift.
Régimen de “licencias”:
Ya con la administración del presidente Biden se habían emitido algunas “licencias” para permitir a ciertas empresas extranjeras participar de una especie de régimen especial de relacionamiento comercial con la República Bolivariana de Venezuela, como sucedió en el caso específico de Chevron por ejemplo, empresa a la cual, mediante la emisión de una licencia, se le permitía desarrollar y mantener algunos procesos vinculados a la cadena de producción y extracción del petróleo venezolano.
No obstante, luego de la agresión sin precedentes del 3 de enero, ha comenzado un interés especial de parte de la actual administración de los Estados Unidos, para buscar una mayor producción de petróleo, lo que ha hecho proliferar las “licencias” otorgadas a más empresas del área petrolera, aurífera, minera y vinculada a las tierras raras, para beneficiar principalmente a los Estados Unidos y a sus países y empresas aliadas.
Luego se percataron que para el relacionamiento idóneo con las empresas venezolanas y poder trasladar personal, insumos, inversiones y otros activos a nuestro país, debían flexibilizar las actividades del Banco Central de Venezuela y otras de esas “agencias” de la banca pública venezolana.
Licencias 56 y 57:
En todo caso la licencia 56 permite a empresas y personas negociar contratos comerciales con el gobierno venezolano lo que permitirá facilitar el acceso a ingresos petroleros y agilizar los trámites comerciales estratégicos de acuerdo con las declaraciones de altos funcionarios, incluyendo la posibilidad de establecer acuerdos preliminares, firmar memorandos de entendimiento y presentar propuestas en licitaciones públicas, para que compañías internacionales especialmente de Estados Unidos, puedan avanzar en negociaciones directas con el gobierno, sin violar restricciones de la OFAC.
Por otro lado, la licencia 57, permite transacciones financieras con el Banco Central de Venezuela, el Banco de Venezuela, el Banco Digital de los Trabajadores y el Banco del Tesoro, que incluyen apertura de cuentas, remesas, pagos con tarjetas y servicios de banca en dólares. En todo caso, como son licencias específicas y tienen sus propios límites, uno de ellos es que prohíben cualquier transacción con entidades o ciudadanos de Rusia, Irán, la República Popular Democrática de Corea y Cuba, así como empresas controladas por China y a cualquier persona que figure en la lista de nacionales especialmente designados de la OFAC.
Acompañar el peregrinaje:
Todo ello, podría tener un impacto importante en la economía venezolana como lo dicen algunos voceros, especialmente en lo inmediato si logramos las inversiones que se están planteando para potenciar nuestra industria nacional con inversión extranjera, facilitando el acceso a mercados internacionales y operaciones financieras antes muy limitadas.
Pero del mismo modo, al tratarse de “licencias”, y no un levantamiento de la Orden Ejecutiva 13850, además de las restricciones propias de la licencia, también podría ser eliminado cuando la administración actual de Estados Unidos lo decida, además de que no impide la inclusión de cuentadantes de los bancos o de empresas nacionales a lista de nacionales especialmente designados de la OFAC, lo que de por sí, no genera total seguridad jurídica, ni constituye un acto de justicia.
Es por esta razón que debemos acompañar el peregrinaje de nuestras autoridades en nuestra exigencia justa por el levantamiento de las medidas coercitivas unilaterales en su totalidad para que Venezuela, finalmente, pueda volar libre.
Análisis: Permiso para pago de la defensa de Maduro y Flores se debe a un acuerdo a tres bandas
CARACAS.- Para el abogado y analista político, Juan Martorano Castillo, el permiso por parte de la Oficina de Control de Activos (OFAC) de EEUU para que el Gobierno venezolano pague los costos del juicio del presidente Nicolás Maduro y la primera dama Cilia Flores, obedecen a un acuerdo a tres bandas entre el Departamento de Justicia de EEUU, los abogados del mandatario y su esposa y el Gobierno venezolano.
«Hay algo que es extremadamente importante. Si no hubieran autorizado estos fondos el juez tenía la posibilidad de desestimar los casos por la imposibilidad de Maduro de escoger a su defensa», indicó Martorano Castillo en entrevista con la periodista Anahí Arizmendi en programa transmitido por Unión Radio.
Asimismo, destacó que el próximo 5 de mayo vence la licencia de Citgo y que la empresa que la adquirió, Amber Energy, está ofreciendo $ 11.000 millones a la OFAC para que no renueve la licencia, por lo que ven como un obstáculo para tales negociaciones el hecho de Nicolás Maduro regrese a Venezuela.





